Cómo se trata la responsabilidad del anfitrión social en los casos de alcoholismo en Texas
Aunque la ley de Texas generalmente no pretende decir a la gente lo que puede y no puede hacer en su propia casa, a veces circunstancias especiales justifican un enfoque diferente. Con respecto a la peligrosa combinación de alcohol y niños, los legisladores de Texas han adoptado una postura firme. En pocas palabras, si un adulto proporciona alcohol a un menor de 18 años y ese niño se hace daño a sí mismo o a otra persona debido a su intoxicación, el adulto que proporcionó el alcohol puede ser demandado. Esto se conoce como "responsabilidad del anfitrión social".
En este artículo, el abogado Michael Grossman describe las circunstancias en las que los propietarios y otros adultos pueden ser considerados responsables del servicio de alcohol a menores.
Preguntas contestadas en esta página:
- ¿Cuándo es un propietario de Texas responsable de las acciones de sus invitados en accidentes relacionados con el alcohol?
- ¿La responsabilidad civil del anfitrión social sólo se aplica a los accidentes de tráfico, o también se cubren las intoxicaciones etílicas u otras lesiones provocadas por el alcohol?
- ¿Pueden las fraternidades y hermandades ser consideradas responsables en virtud de las leyes de acogida social de Texas?
- ¿Cubren las pólizas de seguro de hogar los accidentes causados por menores a los que el propietario proporciona alcohol?
¿De dónde proceden las leyes de acogida social de Texas?
Antes de adentrarnos demasiado en cómo funciona la responsabilidad del anfitrión social, echemos primero un vistazo al origen de esta ley. En 1987, la legislatura de Texas reconoció que los accidentes de conducción bajo los efectos del alcohol eran un problema tremendo, y trataron de trasladar parte de la carga al proveedor de alcohol en un intento de disuadirlos de servir a personas que ya estaban borrachas y / o menores de edad. Con ese fin, aprobaron la Ley Dram Shop de Texas. Aunque esta ley se centra principalmente en la responsabilidad de bares, restaurantes y otros proveedores de alcohol con licencia, también contiene una disposición que detalla las obligaciones de los proveedores de alcohol sin licencia que ofrecen alcohol gratuitamente. Nótese la distinción. Si alguien vende alcohol (tenga o no licencia), puede ser considerado responsable por suministrar alcohol a un adulto que ya está peligrosamente ebrio o a un niño. Pero si uno proporciona alcohol gratuitamente, sobre todo en un entorno social, se le aplica una norma diferente. He aquí la ley en cuestión:
Código de Bebidas Alcohólicas de Texas Sec. 2.02. CAUSAS DE ACCIÓN.
(c) Un adulto de 21 años o más es responsable de los daños causados por la intoxicación de un menor de 18 años si:
- (1) el adulto no lo es:
- (A) el padre, tutor o cónyuge del menor; o
- (B) un adulto bajo cuya custodia haya sido internado el menor por un tribunal; y
- (2) el adulto a sabiendas:
- (A) sirvió o proporcionó al menor cualquiera de las bebidas alcohólicas que contribuyeron a la intoxicación del menor; o
- (B) permitió que se sirviera o suministrara al menor cualquiera de las bebidas alcohólicas que contribuyeron a la intoxicación del menor en el local propiedad del adulto o arrendado por éste.
Los anfitriones sociales no suelen ser responsables, salvo en los casos en que se proporciona alcohol a menores no relacionados.
Si examinamos la ley citada, podemos leer entre líneas y deducir algunas conclusiones:
- Los anfitriones sociales sólo son responsables cuando proporcionan alcohol a menores que NO están relacionados con ellos. Si un anfitrión social proporciona alcohol a su propio hijo, por mucho que ese menor acabe lesionando a alguien, el anfitrión social no puede ser considerado responsable.
- El anfitrión debe tener 21 años o más. Por tanto, si un joven de 19 años proporciona alcohol a un vecino de 17 y éste mata a alguien en un accidente de tráfico, el anfitrión no es responsable.
- Los anfitriones sociales que sirven alcohol a personas intoxicadas de entre 18 y 20 años no son responsables de las lesiones. Aunque el receptor del alcohol sea un "menor" en términos de edad legal para comprar alcohol, no se le considera menor en términos de responsabilidad. La razón es que si puedes votar, servir en el ejército y casarte, no puedes culpar a otros de tu exceso de alcohol en una reunión social. Para que quede claro, la norma es diferente para los bares, ya que se benefician de la venta de alcohol a adultos.
- El anfitrión social no tiene que entregar físicamente el alcohol al menor. Ponerlo a disposición (lo que se interpreta liberalmente) de un menor es suficiente para incurrir en responsabilidad.
- Si un anfitrión social proporciona alcohol a un menor que no es su pariente, puede ser considerado responsable de las lesiones relacionadas con la intoxicación que el menor intoxicado inflija a otros o a sí mismo. Así pues, si en una fiesta se sirve alcohol a un menor de 16 años y éste muere por intoxicación etílica, el anfitrión social será responsable del mismo modo que si el menor de 16 años se emborrachara y provocara un accidente de tráfico, hiriendo a un tercero inocente.
Responsabilidad de los anfitriones sociales en las hermandades y cofradías
Lamentablemente, con demasiada frecuencia los estudiantes abandonan las fiestas de fraternidad o hermandad en estado de embriaguez y hieren a otras personas y a sí mismos. En tales circunstancias, la fraternidad o hermandad puede ser considerada responsable:
- Si el bebedor era menor de 18 años y un miembro de la hermandad o fraternidad mayor de 21 años puso el alcohol a su disposición.
- Si el bebedor tenía 18 años o más y el anfitrión de la fiesta cobraba por el alcohol (puede ser una entrada, dinero por reunirse para una tirada de cerveza, cobrar por bebida, etc.) y luego servía al adulto cuando ya estaba peligrosamente borracho. Al cobrar por el alcohol, ya no son anfitriones sociales. En su lugar, son "proveedores sin licencia" de alcohol, y se les aplican las mismas normas que a un bar o un restaurante.
En esas dos circunstancias, la fraternidad o hermandad puede ser considerada responsable. Pero la hipótesis por defecto es que no lo son. Por ejemplo, no pueden ser responsables sólo porque se haya consumido alcohol. Debe haberse hecho en las circunstancias antes mencionadas.
Nuestros abogados están aquí para ayudarle.
Nuestros abogados han ayudado a cientos de familias que han sido devastadas por lesiones relacionadas con el alcohol Hemos demandado a numerosos bares, licorerías y propietarios por sus violaciones del Código de Bebidas Alcohólicas de Texas. Si usted ha sufrido debido a la mala conducta de un anfitrión social, por favor póngase en contacto con nuestra oficina al (855) 326-0000 para una consulta gratuita. Si desea obtener más información sobre esta área de la ley, le invitamos a leer nuestro artículo de Texas dram shop visión general.
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